Estatutos

La asociación fue fundada el 16 de noviembre de 2017 en Kristiansand con el nombre: Ayuda humanitaria a los kurdos.

El cambio de nombre y la modificación de los estatutos fueron aprobados en la Asamblea Anual del 16 de febrero de 2020.

§ 1 Nombre de la asociación: Asociación para el Trabajo de Recuperación Multicultural (FFRA en noruego)

§ 2.Proposito 

La asociación es una organización de interes en la salud pública y la forma de afrontar la vida en diferentes culturas y etnias.

La asociación trabaja para permitir que las personas vivan vidas significativas y experimenten autoestima y dominio.

La asociación es partidista y religiosamente neutral. Trabajamos para reducir los prejuicios y la estigmatización. Promoveremos alternativas al abuso de poder y a conceptos culturales de honor que pueden conducir a la violencia en las relaciones cercanas y en la sociedad.

A través de la información de salud pública y el trabajo orientado a la recuperación (Recovery), se crearán espacios para el diálogo y la apertura. Trabajaremos por el lenguaje sobre experiencias comunes y la aceptación de sentimientos que tradicionalmente y culturalmente se reprimen.

La asociación transmitirá experiencias a las autoridades públicas, a los actores privados y a la sociedad en general.

§ 3 Persona jurídica 

La asociación es una entidad jurídica propia e independiente con responsabilidad impersonal y limitada por las deudas.

§ 4 Miembros

La membresía puede ser adquirida por particulares que vivan y tengan su residencia en Noruega. La membresía en la asociación es válida a partir del día en que se paga la cuota de membresía. Los miembros deberán comprometerse a trabajar para los fines de la asociación. La junta puede rechazar o revocar la membresía si existen razones de peso para hacerlo.

§ 5 Derechos de voto y elegibilidad

Todos los miembros individuales tienen derecho a voto y son elegibles para puestos de confianza en la asociación.

§ 6 Cuota

La cuota la determina la reunión anual.

§7 Remuneración de los delegados sindicales

Los representantes delegados no recibirán remuneración por sus cargos.

§ 8 Reunion Anual

§ 9 Votación en la asamblea anual

La reunión anual, que se celebra cada año en abril, es la máxima autoridad de la asociación.

La reunión anual es convocada por la junta directiva con al menos 4 semanas de antelación, directamente a los miembros y/o mediante anuncio en las redes sociales.

Las propuestas que se considerarán en la reunión anual deben enviarse a la junta directiva a más tardar dos semanas antes de la reunión anual. La junta procesa las propuestas entrantes y decide la agenda de la reunión anual. La agenda debe estar disponible para los miembros a más tardar una semana antes de la reunión anual.

Todos los miembros tienen acceso a la reunión anual. La junta puede invitar a otras personas y/o a los medios de comunicación a estar presentes, sujeto a la aprobación de la reunión anual. En tales casos, la asamblea anual puede decidir sobre la exclusión de casos individuales.

La reunión anual se adopta con el número de socios asistentes. Nadie tiene más de un voto y la votación no puede realizarse por poder.

Salvo que se determine lo contrario, para que una decisión sea válida deberá tomarse por mayoría simple de los votos emitidos. Los votos en blanco se tendrán por no emitidos.

Las elecciones se realizan por escrito si hay más de una propuesta. Sólo los candidatos propuestos pueden incluirse en la boleta. Si en la misma votación se eligen varias personas, las papeletas de votación deben contener el número de candidatos diferentes que serán elegidos en la votación correspondiente.

Las papeletas que estén en blanco, o que no contengan candidatos propuestos, o un número de candidatos diferente al que se desea elegir, no computan y los votos se tienen por no emitidos.

La reunión anual deberá:

  • Aprobar lista de casos
  • Aprobar citación
  • Elegir un líder de reunión
  • Seleccionar referente
  • Eligir dos personas para firmar el protocolo.
  • Elegir dos personas para contar asistentes.

La reunión anual no puede tratar propuestas que no figuren en la lista de casos.


§ 10 Tareas de la reunión anual

§ 12 El Directorio

§ 13 Modificación de los estatutos

§ 15 Extensiones

La reunión anual deberá:

  1. Adoptar y aprobar el informe anual
  2. Adoptar y aprobar cuentas en forma revisada
  3. Procesar propuestas entrantes para casos.
  4. Determinar la cuota
  5. Tramitar el plan de acción/plan estratégico para el próximo año.
  6. Adoptar propuestas presupuestarias

Elegir:

  • Gerente
  • Vicepresidente (seleccionado internamente por el consejo)
  • Cajero
  • Miembros de la Junta
  • Diputados, posiblemente
  • Auditores, 2 personas
  • Comité electoral, 2 personas

§ 11 Reuniones anuales extraordinarias

Las reuniones anuales extraordinarias se celebran cuando la asamblea anual o el directorio así lo deciden, o lo exigen al menos 1/3 de los miembros.

Se convoca de la misma forma que para las reuniones anuales ordinarias y con una antelación mínima de una semana.

Una asamblea anual extraordinaria sólo puede tratar y tomar decisiones sobre los asuntos anunciados en la convocatoria.

La asociación está dirigida por una junta directiva de al menos 3 personas. 

El consejo es la máxima autoridad entre las reuniones anuales en el marco previsto en los estatutos y las decisiones de la reunión anual.

Los miembros de la junta son elegidos por 2 años. Los miembros de la junta pueden ser reelegidos por un máximo de dos mandatos, y son reelegidos después de una interrupción de un año. Si es posible, debe haber una superposición de 1 o 2 miembros de la junta directiva para que no todos renuncien al mismo tiempo.

Deberes de la junta:

1. Implementar las disposiciones de la reunión anual y preparar una propuesta de plan de acción/plan estratégico.

2. Supervisar la gestión diaria y el funcionamiento de la asociación en general.

3. Designar según sea necesario comités/personas para tareas especiales y redactar instrucciones para las mismas.

4. Administrar y realizar el control necesario de las finanzas de la asociación de acuerdo con las instrucciones y disposiciones aplicables en cada momento.

5. Usar empleados y tener responsabilidad patronal sobre el gerente general cuando corresponda.

6. Representar a la asociación externamente.

El consejo deberá reunirse cuando lo solicite el presidente o la mayoría de los miembros del consejo. La junta puede tomar decisiones cuando esté presente la mayoría de sus miembros. Las decisiones se toman por mayoría de los votos emitidos. En caso de empate, el voto del presidente cuenta dos veces.

El derecho a firmar en nombre de la asociación será ejercido conjuntamente por el presidente y un miembro de la junta directiva.

Si la asociación designa un director general, éste deberá poder firmar y comprometerse en nombre de la asociación. La junta otorga poderes al presidente de la junta y al gerente general por separado. 

Para compras o transferencias de cuenta de más de 10.000 NOK, otro miembro de la junta directiva debe aprobar además la transacción por adelantado.

Los cambios a estos estatutos sólo pueden realizarse en una reunión anual ordinaria o extraordinaria después de estar en el orden del día, y se requiere una mayoría de 2/3 de los votos emitidos.

§ 14 Disolución, fusión y escisión (division del patrimonio de una sociedad)

La disolución de la asociación sólo podrá tratarse en una reunión anual ordinaria. Si la disolución se aprueba por al menos una mayoría de 2/3, se convocará una asamblea anual extraordinaria de conformidad con el § 11. Para que se produzca la disolución, la resolución aquí debe repetirse con una mayoría de 2/3. Se puede elegir una junta de liquidación para supervisar la liquidación. La junta ordinaria puede ser elegida para la junta de liquidación y será designada como junta de liquidación si no se realiza ninguna elección.

Los activos de la asociación, después de la disolución y la cancelación de la deuda, se acumularán para el propósito que la asociación trabaja para promover donando fondos a otra organización humanitaria que trabaje para el mismo grupo objetivo o uno similar.

Ningún miembro tiene derecho a los fondos de la asociación ni a una parte de ellos.

La fusión con otras asociaciones o la escisión de la asociación no se considera disolución. Las decisiones sobre fusión/escisión y las modificaciones necesarias de los estatutos en relación con esto se toman de conformidad con las disposiciones sobre modificaciones de los estatutos, véase el artículo 13. En este sentido, la junta directiva debe preparar un plan para la fusión. /división sobre la cual debe votar la reunión anual. En caso de fusión o escisión, se deberá obtener el consentimiento de los acreedores de la asociación.

La asociación tiene alcance nacional, pero se estableció localmente en Kristiansand en el momento de su fundación. Si alguien quiere establecer una organización similar en su área local con el mismo propósito, puede adoptar estos estatutos, simplemente cambie el nombre. A medida que se desarrolla el trabajo de la asociación, las asociaciones pueden unirse y luego formar una asociación nacional que pueda encargarse de la comunicación con las autoridades y más.